Texto oficial
Artículo 8º El presente decreto con fuerza de ley entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Reglamenta el sistema para efectuar pagos en moneda extranjera en las plazas del exterior
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192317 / 6360552.