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Artículo 18 de la Ley 19.776 · Sobre regularizacion de posesion y ocupacion de inmuebles fiscales en la forma que indica

Sobre regularizacion de posesion y ocupacion de inmuebles fiscales en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192985 / 6994047.

Texto oficial

Artículo 18.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley será financiado con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Bienes Nacionales. En caso de que éste fuere insuficiente, podrá ser suplementado con cargo a la partida Tesoro Público.