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Artículo UNICO de la Ley 3.284

Ley 3.284

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 193094 / 8367077.

Texto oficial

Artículo único.- Elévase, por gracia, a dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400) la pension anual concedida por lei número 1,131, de 16 de Diciembre de 1898, a las nietas solteras de don Antonio García Reyes, señoritas María Amelia, Ines, Carolina i Filomena García Cordovez.