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Artículo 63 del Decreto 3740

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19387 / 8828591.

Texto oficial

Art. 63. El traslado y la suspensión por más de ocho días, como medidas disciplinarias, se harán en la forma prevista para los nombramientos en los artículos 13 y 14. En cuanto a la destitución, se estará a lo dispuesto en el artículo 60.