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Artículo 93 del Decreto 3740

Estatuto administrativo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19387 / 8828621.

Texto oficial

Art. 93. La jubilación y de desahucio de los empleados del servicio diplomático y consular se liquidarán tomando como base los sueldos consultados en el artículo 1.o de la ley número 4,514, de 31 de Diciembre de 1928 y las disposiciones del decreto con fuerza de ley número 2,720, de 4 de Junio de 1930, del Ministerio de Hacienda.