Texto oficial
Artículo 13°.- Otórgase al Director de Presupuestos, respecto del Servicio de su dependencia, la facultad establecida en el artículo 11° del DL. 361, de 1974, cuando las necesidades del Servicio así lo requieran.
Suplementa los item que indica del presupuesto vigente de la nacion. normas complementarias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 193886 / 7289040.