Texto oficial
"Artículo 1º.- Autorízase erigir un monumento en la ciudad de Puerto Cisnes, otro en la de Coyhaique y un tercero en la de Castro, en memoria del misionero sacerdote Antonio Ronchi Berra.
Autoriza la construccion de tres monumentos y la constitución de un museo y archivo en memoria del misionero de la obra don guanella, r.p. antonio ronchi berra
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