Texto oficial
Artículo 24. Iniciado el procedimiento judicial la Caja designará un depositario en el carácter de definitivo para que, de acuerdo con las reglas generales, tome a su cargo el inmueble hipotecado.
Aprueba el texto refundido de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19400 / 7159247.