Texto oficial
Artículo 2°- El presente decreto ley surtirá efectos a contar desde la fecha de su publicación en el Diaria Oficial.
Aclara sentido y alcance del articulo 23 del decreto ley n° 534, de 1974
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 194225 / 7289416.