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Artículo 136 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271107.

Texto oficial

Art. 136. A contar desde el 1.° de Enero de 1930, los Directores Provinciales, los Inspectores Escolares e Inspectores de Enseñanza Especial, dependientes de la Dirección General de Educación Primaria, que tengan más de 15 años de servicios, percibirán un aumento de 20% sobre sus sueldos actuales; y los que tengan menos de quince años de servicios, percibirán sus sueldos aumentados en un 10%.