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Artículo 63 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041826.

Texto oficial

Artículo 63. El bibliotecario que tenga a su cargo la sub-Sección dará cuenta diaria a la Visitación de Imprentas sobre las omisiones en el servicio de impresos en que los talleres impresores incurren, como asimismo sobre los retrasos que en la remisión so observen.