Texto oficial
Artículo 158. Sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 47, para ingresar a la planta de empleados del
Archivo Nacional, será indispensable ser chileno de
nacimiento.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041914.