Texto oficial
Artículo 173. Los objetos donados quedarán en todo
sometidos a las disposiciones de régimen interno del Museo,
ingresarán a la sección que correspondan y serán
exhibidos con indicación del nombre del donante.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041929.