Texto oficial
Artículo 175. Se llevará un libro de donaciones en el
cual se dejará constancia del nombre del donante, de los
objetos donados y de la fecha en que ingresaron al Museo.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041931.