Saltar al contenido

Artículo 45 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operacion de la asignacion de excelencia pedagogica y la red maestros de maestros, a que se refieren los articulos 14 a 18 de la ley nº 19.715

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 195372 / 7290045.

Texto oficial

Artículo 45º.- Los miembros de la Red Maestros de Maestros que resulten seleccionados para la ejecución de proyectos de participación activa, deberán suscribir un contrato con el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas que contenga las obligaciones contraídas por el profesional, cuyo cumplimiento efectivo dará derecho al pago de la suma adicional que contempla el artículo 17º de la ley 19.715. Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 49º siguiente.