Texto oficial
Artículo cuarto.- El Ministerio de Educación dictará
un decreto reglamentario que normará la operatoria de la
Red Maestros de Maestros, el cual será suscrito, además,
por el Ministerio de Hacienda.
Fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operacion de la asignacion de excelencia pedagogica y la red maestros de maestros, a que se refieren los articulos 14 a 18 de la ley nº 19.715
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 195372 / 7290059.