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Artículo 6 del Decreto 130

Establece normas de emision de monoxido de carbono (co), hidrocarburos totales (hct), hidrocarburos no metanicos (hcnm), metano (ch4), oxidos de nitrogeno (nox) y material particulado (mp) para motores de buses de locomocion colectiva de la ciudad de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 195386 / 8417047.

Texto oficial

Artículo 6.- Las normas de emisión contenidas en el presente decreto entrarán en vigencia el día 1º de septiembre del año 2002, dejando de tener vigencia los límites máximos de emisión establecidos en el D.S. Nº 82 de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.