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Artículo UNICO del Decreto Ley 672

Sustituye inciso primero del articulo 2.o de la ley n.o 17.340

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 196956 / 7290857.

Texto oficial

Artículo único.- Suntitúyese en el inciso primero del artículo 2.o de la ley número 17.340, la expresión "otorgado o revalidado por la Universidad de Chile" por la siguiente: "otorgado por la Universidad de Chile u otras reconocidas por el Estado o revalidado por la Universidad de Chile".