Texto oficial
Art. 49. Cuando se dice que un acto debe ejecutarse en o
dentro de cierto plazo, se entenderá que vale si se ejecuta
antes de la medianoche en que termina el último día del
plazo; y cuando se exige que haya transcurrido un espacio de
tiempo para que nazcan o expiren ciertos derechos, se
entenderá que estos derechos no nacen o expiran sino
después de la medianoche en que termine el último día de
dicho espacio de tiempo.