Texto oficial
Art. 670. La tradición es un modo de adquirir el
dominio de las cosas y consiste en la entrega que el dueño
hace de ellas a otro, habiendo por una parte la facultad e
intención de transferir el dominio, y por otra la capacidad
e intención de adquirirlo.
Lo que se dice del dominio se extiende a todos los otros
derechos reales.