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Artículo 1058 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1973 · idParte: 8723575

Texto oficial

Art. 1058. La asignación que pareciere motivada por un error de hecho, de manera que sea claro que sin este error no hubiere tenido lugar, se tendrá por no escrita.