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Artículo 1083 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1973 · idParte: 8723602

Texto oficial

Art. 1083. El día incierto e indeterminado es siempre una verdadera condición, y se sujeta a las reglas de las condiciones.