Texto oficial
Art. 1167. Asignaciones forzosas son las que el testador
es obligado a hacer, y que se suplen cuando no las ha hecho,
aun con perjuicio de sus disposiciones testamentarias
expresas.
Asignaciones forzosas son:
1° Los alimentos que se deben por ley a ciertas
personas;
2° La porción conyugal;
3° Las legítimas;
4° La cuarta de mejoras en la sucesión de los
descendientes legítimos, de los hijos naturales y de los
descendientes legítimos de estos últimos.