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Artículo 1305 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1973 · idParte: 8723844

Texto oficial

Art. 1305. El juez podrá prorrogar el plazo señalado por el testador o la ley, si ocurrieren a el albacea dificultades graves para evacuar su cargo en él.