Texto oficial
Art. 1416. Las reglas concernientes a la interpretación
de las asignaciones testamentarias, al derecho de acrecer y
a las substituciones, plazos, condiciones y modos relativos
a ellas, se extienden a las donaciones entre vivos.
En lo demás que no se opongan a las disposiciones de
este título, se seguirán las reglas generales de los
contratos.