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Artículo 2064 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1973 · idParte: 8724682

Texto oficial

Art. 2064. La sociedad anónima es siempre mercantil aun cuando se forme para la realización de negocios de carácter civil.