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Artículo 2351 del Código Civil

Código civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1973 / 8724998.

Texto oficial

Art. 2351. El fiador es responsable hasta de la culpa leve en todas las prestaciones a que fuere obligado.