Texto oficial
Art. 291. El comisionista encargado de comprar deberá
observar estrictamente las instrucciones que tenga en cuanto
a la especie, calidad, cantidad, precio y demás
circunstancias de las mercaderías que su comitente le
pidiere.
Código de comercio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1974 / 8725523.