Saltar al contenido

Artículo 325 del Código de Comercio

Código de comercio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1974 / 8725560.

Texto oficial

Art. 325. Cuando los factores y dependientes contrataren a nombre de sus comitentes, expresarán en la ante-firma de los documentos que otorgaren que los suscriben por poder.