Texto oficial
Art. 482. Puede también ceder sus derechos, mas no
transferir la facultad de examinar los libros y papeles de
la sociedad, mientras ésta no haya dado punto a sus
operaciones.
Código de comercio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1974 / 8725664.