Texto oficial
Art. 1184. Cuando la pérdida o daño de la cosa
asegurada provenga de varias causas, el asegurador será
responsable si la causa principal o determinante es un
riesgo cubierto por la póliza. Con todo, cualquiera que
fueren las estipulaciones del contrato, si no fuere posible
establecer cuál fue la causa principal o si varias causas
determinantes fueron simultáneas y entre ellas hubiere una
que constituyera un riesgo asegurado, el asegurador será
responsable por el daño en los términos señalados por la
póliza.