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Artículo 10 de la Ley 7.459 · Fija sueldos a los empleados del escalafon especial del poder judicial

Fija sueldos a los empleados del escalafon especial del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 197995 / 8868022.

Texto oficial

Artículo 10. Pasarán a la planta con la categoría, grado o sueldo que corresponda en virtud de lo establecido por esta ley, los siguientes cargos servidos actualmente por personal a contrata: oficial 5º de la Secretaría en lo Criminal de la Corte de Apelaciones de Santiago; oficial de Sala de la presidencia de la misma Corte; mayordomo de la corte de Apelaciones de La Serena, y oficiales 4ºs. de los Juzgados de Letras de San Felipe y Los Angeles.