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Artículo 23 de la Ley 7.459 · Fija sueldos a los empleados del escalafon especial del poder judicial

Fija sueldos a los empleados del escalafon especial del poder judicial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 197995 / 8868035.

Texto oficial

Artículo 23. La presente ley, en lo que se refiere a los aumentos de sueldos y remuneraciones que establece, comenzará a regir desde el 1º de Julio de 1943, y en lo demás desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial