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Artículo 3 del Decreto 1019

Modifica arancel aduanero nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 198321 · idParte: 8566631

Texto oficial

Artículo 3º.- En conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 18.525 las modificaciones que mediante el presente Decreto se hacen al Arancel Aduanero Nacional, sólo tienen efectos estadísticos y administrativos y no tienen incidencia en regímenes especiales, franquicias ni reintegros.