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Artículo 2 de la Ley 19.809 · Otorga un bono a los funcionarios publicos que indica

Otorga un bono a los funcionarios publicos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 198397 / 6382335.

Texto oficial

Artículo 2º.- El gasto que represente la aplicación de esta ley, será financiado con cargo a los recursos que contemplan los presupuestos vigentes de los respectivos servicios. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la Partida Presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar estos presupuestos en la parte que no sea posible financiar con sus recursos.".