Texto oficial
ART. 76.
Siempre que el tribunal imponga una pena que lleve
consigo otras por disposición de la ley, según lo
prescrito en el § III de este título, condenará también
al acusado expresamente en estas últimas.
Código penal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1984 / 9672286.