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Artículo 2 TRANSITORIO de la Ley Dicom

Modifica la ley nº 19.628, sobre protección de la vida privada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 199093 / 8566649.

Texto oficial

Artículo 2º transitorio.- Los responsables de los registros o bancos de datos personales que comuniquen información sobre las obligaciones a que se refiere el artículo 17 de la ley Nº 19.628 eliminarán todos los datos relacionados con créditos concedidos por el Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario a sus usuarios.