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Artículo 77 de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organización i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organización i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200630 / 9003764.

Texto oficial

Art. 77. En el mes de marzo de cada año la Municipalidad examinara la cuenta de inversion i se pronunciará sobre ella aprobándola o desaprobándola. En este último caso, ordenará, que se haga efectiva la responsabilidad de quien corresponda. La resolucion de la Municipalidad ha de fundarse esclusivamente en haber sido, o no haber sido, hechas las inversiones en conformidad al presupuesto o a sus acuerdos.