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Artículo 34 de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200633 / 9003832.

Texto oficial

TITULO V De las rentas municipales ART. 34 Las rentas municipales se componen: 1º De un impuesto personal de uno a tres pesos, que no podrá destinarse a otro objeto que al sostenimiento de las escuelas primarias del Municipio; 2º De un impuesto sobre los haberes muebles e inmuebles que no podrá exceder de un tres por mil; 3º De un impuesto sobre el espendio de tabacos i bebidas alcohólicas; 4º De las cantidades que el Congreso Nacional votará anualmente, para el sostenimiento de los servicios municipales; 5º De los producidos de las propiedades i demas bienes municipales; de las multas i cualquiera otra clase de entradas; 6º Del impuesto de patentes sobre industrias i profesiones.