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Artículo 41 de la Ley S/N · Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Proyecto de lei sobre organizacion i atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 200633 / 9003839.

Texto oficial

ART. 41 La contribucion señalada en el artículo 39, así como la que se debe por depósitos a plazo en los bancos o en otras instituciones, será pagada por mitad en la primera quincena de febrero i de agosto en la tesorería nacional por los jerentes, directores o ajentes de las instituciones referidas, siendo éstos personal i solidariamente responsables por la omision en la recaudacion de este impuesto.