Texto oficial
Artículo 11. Las personas que empleen estampillas usadas para el pago de los impuestos, sufrirán una multa de 1.000 a 10.000 pesos, sin perjuicio del pago del impuesto adeudado y de las sanciones penales que correspondan.
Fija texto definitivo y refundido de las disposiciones sobre impuestos de timbres, estampillas y papel sellado
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