Texto oficial
Artículo 29.- En el caso que el Cuerpo Diplomático,
en su conjunto, desee participar al Ministerio de Relaciones
Exteriores de algún asunto de interés general, podrá
hacerlo a través del Decano.
Aprueba reglamento de ceremonial publico y protocolo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201434 / 8648496.