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Artículo 36 del Decreto 537

Aprueba reglamento de ceremonial publico y protocolo

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201434 / 8648505.

Texto oficial

Artículo 36.- El Ministro de Relaciones Exteriores recibirá el saludo del Cuerpo Diplomático, en la oportunidad que se determine por Nota Circular. Asimismo, su cónyuge recibirá la visita de los cónyuges de los Jefes de Misiones Diplomáticas. En este acto, el Director del Protocolo hará las presentaciones de estilo, de acuerdo con la precedencia de los Jefes de Misión. En esta primera visita, los respectivos cónyuges del Subsecretario de Relaciones Exteriores y del Director del Protocolo acompañarán al cónyuge del Ministro de Relaciones Exteriores.