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Artículo 12 (DEL ART. UNICO) del Decreto 495

Aprueba reglamento sobre licitaciones y prestacion de defensa penal publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 201706 / 6943160.

Texto oficial

ARTICULO 12º: Convocatoria. La convocatoria es el acto en que el Consejo invita públicamente a los interesados para que, sujetándose a las bases del llamado, presenten sus ofertas. La convocatoria a licitación deberá publicarse por tres veces en un diario de circulación regional y, al menos, por una vez en un diario de circulación nacional. La convocatoria especificará, a lo menos: a) El objeto de la licitación; b) El plazo para retirar las bases; c) El lugar donde estarán disponibles; d) La fecha, hora y lugar de entrega de las ofertas; y e) La fecha, hora y lugar del acto solemne y público en que se procederá a la apertura de las propuestas.