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Artículo de la Ley 5.502

Concede, por gracia a doña ana montt v. de jimenez y a sus hijas que se indican, una pension de $ 3,600 anuales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 203121 / 6398107.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a la señora doña Ana Montt, viuda del exprofesor de Estado don Ismael Jiménez Jiménez, y a sus hijas doña Diana Silvia, doña Perla Regina, doña Gloria Luz y doña Gracia Iris Jiménez Montt, una pensión de tres mil seiscientos pesos ($ 3,600) anuales, por el término de diez años y sin derecho a acrecer. El gasto se imputará al ítem 06/01/06 del Presupuesto vigente del Ministerio de Hacienda. Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.