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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 198

Eleva el monto de multas contenidas en el d.f.l. nº 4, de 1959, ley general de servicios electricos, y en los reglamentos complementarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 204138 / 7294985.

Texto oficial

Artículo 3º El presente decreto con fuerza de ley regirá a contar del 1º de Mayo del presente año.