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Artículo 2 del Decreto Ley 5

Modifica la ley numero 3,379

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 205439 · idParte: 7295809

Texto oficial

Art. 2º El presente decreto-ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.