Texto oficial
Artículo 6º. Los límites máximos permitidos están referidos al valor de la concentración del contaminante determinados en términos totales.
Establece norma de emision de residuos liquidos a aguas subterraneas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206883 / 8427590.