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Artículo 20 del Decreto 46

Establece norma de emision de residuos liquidos a aguas subterraneas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 206883 / 8427611.

Texto oficial

Artículo 20º. El número mínimo de días del muestreo en el año calendario, se determinará, conforme se indica a continuación: Volumen de Numero mínimo de descarga días m3 x 103/año de monitoreo anual, N < 5.000 12 5.000 a 20.000 24 > 20.000 48 Para aquellas fuentes emisoras que neutralizan sus residuos líquidos, se requerirá medición continua de pH con registrador.