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Artículo 107 del Decreto 50

Aprueba el reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 207101 / 8658864.

Texto oficial

Artículo 107º: Deróganse a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento los DS Minvu Nº 267 de 1980 y DS MOP Nº 70 de 1981 y se dejan sin efecto los decretos MOP 1.234/99 y 1.000/00, ambos sin tramitar.